ENLACES ISNTITUCIONALES

I. TRÁMITES EN GOBIERNO VASCO

1. Informe de arraigo

2. Informe de vivienda

3. Inscribir pareja de hecho

DESCRIPCIÓN

Se trata de un informe preceptivo que ha de presentar ante la Oficina de Extranjería quien desee solicitar autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social y no tenga vínculos familiares con otros extranjeros residentes, entendidos como tales el/la cónyuge o pareja de hecho registrada y/o ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa.

Entre otros factores de arraigo, deberá constar en el informe el tiempo de permanencia de la persona solicitante en su domicilio habitual, en el que deberá estar empadronada, los medios económicos con los que cuente, los vínculos con familiares residentes en España —si los tuviera— y sus esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales.

II. TRÁMITE DE EXTRANJERIA

1° Cita: TOMA DE HUELLAS

2° Cita: RECOGIDA TARJETA

DESCRIPCIÓN

Se trata de un informe preceptivo que ha de presentar ante la Oficina de Extranjería quien desee solicitar autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social y no tenga vínculos familiares con otros extranjeros residentes, entendidos como tales el/la cónyuge o pareja de hecho registrada y/o ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa.

Entre otros factores de arraigo, deberá constar en el informe el tiempo de permanencia de la persona solicitante en su domicilio habitual, en el que deberá estar empadronada, los medios económicos con los que cuente, los vínculos con familiares residentes en España —si los tuviera— y sus esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales.

I. TRÁMITE NACIONALIDAD

1. Crear solicitud y subir documentos en sede

3. Recursos de reposición

DESCRIPCIÓN

Se trata de un informe preceptivo que ha de presentar ante la Oficina de Extranjería quien desee solicitar autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social y no tenga vínculos familiares con otros extranjeros residentes, entendidos como tales el/la cónyuge o pareja de hecho registrada y/o ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa.

Entre otros factores de arraigo, deberá constar en el informe el tiempo de permanencia de la persona solicitante en su domicilio habitual, en el que deberá estar empadronada, los medios económicos con los que cuente, los vínculos con familiares residentes en España —si los tuviera— y sus esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales.